Datos de Interés

LEGISLACIÓN FISCAL

I. s/ la Renta de las Personas Físicas: R.D. Legislativo 3/2004, de 5 de marzo.
R.D. 1775/2004, de 30 de julio (Reglamento)
Impuesto sobre el Patrimonio: Ley 19/1991, de 6 de junio.
Impuesto sobre Sociedades: R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
R.D. 1777/2004 de 17 julio. (Reglamento)
Impuesto sobre Sucesiones: Ley 29/1987, de 18 de diciembre.
y Donaciones: R.D. 1629/1991, de 8 de noviembre (Reglamento)
Impuestos Especiales: Ley 38/1992, de 28 de diciembre.
R.D. 1165/1995, de 7 de julio (Reglamento).
Impuesto sobre el Valor Ley 37/1992, de 28 de diciembre.
Añadido: Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.
Impuesto sobre Trasmisiones R.D. Legislativo de 1/1993, de 24 de septiembre
Patrimoniales y A. J. D. R.D. 828/1995, de 29 de mayo, (Reglamento).
Impuestos Municipales R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Impuesto sobre los Bienes Inmuebles
Impuesto sobre Actividades Económicas.
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Impuesto Municipal sobre el Incremento de Valor
de los Terrenos de Naturaleza Urbana Real
Ley General Tributaria: Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.Z

 

OTRAS LEGISLACIONES

Autorización sanitaria: Decreto 42/1994, de 16 de junio, Sanidad. Procedimiento de autorización para creación, modificación
y supresión o cierre de centros y establecimientos sanitarios.
Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros,
servicios y establecimientos sanitarios.
2 Obligaciones fiscales
Publicidad sanitaria: Decreto 66/2002, de 9 de mayo, por el que se regula la publi
cidad sanitaria de centros y actividades.
Asociaciones: Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora
del Derecho de Asociación.
Fundaciones: Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
Planes de Pensiones: R. D.-Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.
R.D. 304/2004, de 20 de febrero (Reglamento).
Incentivos fiscales al mecenazgo: Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Jurí
dico de las Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
R.D. 1270/2003, de 10 de octubre (Reglamento).

 

OBLIGACIONES CONTABLES Y REGISTRALES

Los contribuyentes que ejerzan actividades profesionales cuyo rendimiento se determine en régimen de estimación directa, en cualquiera de sus modalidades, estarán obligados a llevar los siguientes libros registros:
- Libro registro de ingresos.
- Libro registro de gastos.
- Libro registro de bienes de inversión.
- Libro registro de provisiones de fondos y suplidos.